Oximorón I: Macri y la seguridad (marzo de 2010)

Oximorón I: Macri y la seguridad (marzo de 2010)
La justicia prohibió el uso de las pistolas Taser

La jueza Andrea Danas, a cargo del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 9, dictó una medida cautelar en la que ordena suspender el uso de las armas Taser por parte de la Policía Metropolitana, hasta tanto exista sentencia definitiva.
Con la documentación aportada por el Observatorio de Derechos Humanos, la jueza entendió que las armas Taser no resultan razonables para ofrecerle seguridad a la población, y que ante los dos bienes jurídicos en juego, la seguridad por un lado y la salud y la vida de la población por el otro, debe priorizarse lo último.
El amparo se había sustentado en tres premisas básicas: a) el Comité Contra la Tortura de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales desaprobaron el uso de las armas tipo Taser; 2) el uso de armas Taser puede lesionar derechos como la vida, integridad física y salud de las personas, aún de quienes se encuentran en perfecto estado de salud, conforme informes que están citados; 3) la incorporación de estos dispositivos puede fomentar el encubrimiento o la impunidad policial (en tanto las armas no dejan marcas en el cuerpo) favoreciendo situaciones de abuso policial.